Todo lo que necesitas saber sobre el registro laboral
El Artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el Real Decreto-Ley 8/2019, establece la obligatoriedad del registro horario para todas las empresas en España. Según la normativa:
El registro de jornada es obligatorio para todos los empleados, sin importar su modalidad de trabajo:
Excepciones: No están obligados a fichar:
La ley exige un sistema fiable, inmodificable y accesible, pero no impone un método concreto. Algunas opciones:
No cumplir con la normativa puede suponer sanciones de entre 626 € y 6.250 €, según la gravedad y el tamaño de la empresa.
💥 Multas mayores si se detectan registros manipulados o inexistentes.